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Hyperliquid pide a la UE regular los perpetuos con MiFID II

La propuesta recurre a las normas vigentes para preservar el acceso europeo a la liquidez global y evitar que se comuniquen dos veces los datos de la cadena de bloques.

Hyperliquid pide a la UE regular los perpetuos con MiFID II
Hyperliquid pide a la UE regular los perpetuos con MiFID II

El Hyperliquid Policy Committee ha presentado su primer escrito regulatorio fuera de Estados Unidos en respuesta a una consulta de la Comisión Europea sobre la evolución de MiCA. Pide a la UE que clasifique los instrumentos financieros según su realidad económica y aplique a los futuros perpetuos las normas vigentes de MiFID II y las directrices de ESMA, en lugar de aprobar nuevas leyes.

Por qué importa

El comité sostiene que los futuros perpetuos negociados en libros centrales de órdenes limitadas y transparentes son distintos de los contratos por diferencias bilaterales. Por ello, afirma que las restricciones para inversores minoristas concebidas para esos contratos no deberían aplicarse automáticamente a los perpetuos.

El comité también quiere que los reguladores reconozcan los datos que ya pueden verificarse en cadenas de bloques públicas, en vez de exigir a las empresas que vuelvan a comunicarlos.

Impacto en el mercado

El escrito busca preservar el acceso de los inversores europeos a los mercados de liquidez globales. Es una propuesta regulatoria, no un cambio de las normas de la UE; su importancia para los mercados de derivados dependerá de la respuesta de los reguladores.

Preguntas frecuentes

  1. ¿Qué presentó el Hyperliquid Policy Committee ante la UE?

    Respondió a una consulta específica de la Comisión Europea sobre la evolución de MiCA. Fue el primer escrito regulatorio del comité fuera de Estados Unidos.

  2. ¿Por qué prefiere el comité MiFID II para los futuros perpetuos?

    Quiere que los instrumentos se clasifiquen según su realidad económica y sostiene que las normas vigentes de MiFID II y las directrices de ESMA pueden regular los futuros perpetuos sin nuevas leyes.

  3. ¿Cómo distingue el comité los futuros perpetuos de los CFD?

    Afirma que los futuros perpetuos se negocian en libros centrales de órdenes limitadas y transparentes, y que no deberían quedar sujetos automáticamente a las restricciones para minoristas previstas para los contratos por diferencias bilaterales.

  4. ¿Qué cambio pide el comité para comunicar datos de la cadena de bloques?

    Pide a los reguladores de la UE que reconozcan los datos ya verificables en cadenas de bloques públicas y no exijan a las empresas que vuelvan a comunicarlos.

  5. ¿Ha cambiado el escrito las normas de la UE o el acceso europeo a la liquidez global?

    No. Es una propuesta regulatoria que busca preservar el acceso de los inversores europeos a los mercados de liquidez globales; por sí misma, no modifica las normas de la UE.

Atribución de fuente
Agregado de WuBlockchain · Verificado · Última actualización hace 21d
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